Qué documentación necesito para vender un piso en barcelona

¿Qué documentos necesito para vender un piso en Barcelona? Checklist descargable

Vender un piso en Barcelona requiere de una serie de trámites y de documentos necesarios para poder llevarlo a cabo rápido y sin complicaciones.

En este artículo te contamos qué documentos necesitas para vender tu piso en Barcelona y cómo conseguirlos.

Es importantísimo reunir toda esta documentación antes de poner tu vivienda a la venta, ya que te permitirá informar a los posibles compradores sobre cualquier aspecto legal, económico o técnico relacionado con la compraventa y con el inmueble.  

Documentos necesarios para vender tu Piso en Barcelona

  • DNI o documento de identidad en vigor
  • Escritura de compraventa del piso
  • Cédula de habitabilidad en vigor
  • Certificado energético
  • Recibo del pago del IBI
  • Certificado de Inspección Técnica del Edificio. (si la finca ha cumplido 45 años de antigüedad)
  • Certificado de estar al corriente con los gastos de la comunidad
  • Nota simple actualizada y reciente.
  • Certificado de deuda pendiente emitido y sellado por el banco. (Siempre y cuando haya una hipoteca vigente)

Bien, esta sería la documentación necesaria para la firma ante notario, y aunque no te hará falta tenerlo todo a la hora de empezar la comercialización de tu inmueble, nuestra recomendación es que lo reúnas todo una vez hayas decidido que quieres vender. Esto te ahorrará muchos problemas, dolores de cabeza y tiempo y hará que todo el proceso vaya sobre ruedas.


Hay propietarios que piensan que ya habrá tiempo para “el papeleo” cuando tengan una oferta encima de la mesa, pero nuestra experiencia nos dice que los compradores no tienen paciencia, y puedes perder la venta de tu piso por no tener toda esta documentación en orden.

Pasemos pues a detallar brevemente cada uno de estos documentos para que sepas que es y dónde conseguirlo:

  1. DNI o Documento de Identidad:

    Aquí lo más importante es asegurarse de que el DNI está en vigor, es decir que no esté caducado. Esto aplica a todos los propietarios del inmueble, en caso de que haya varios. Es imprescindible llevarlo el día de la firma.

  2. Escritura de compraventa del piso:

    La escritura de propiedad es el documento que te entregó el notario el día que compraste la vivienda. En este documento aparecen los nombres de los propietarios actuales y todos los detalles relacionados con la compra y con el inmueble. En caso de que no la encuentres, podrás solicitar una copia acudiendo al mismo notario donde firmaste la compraventa. Es obligatorio llevar el original el día de la firma.

  3. Cédula de habitabilidad en vigor:

    Este documento acredita que la vivienda cumple los requisitos de habitabilidad fijados por la ley y demuestra que es apta para poder ser habitada. Tiene una validez de 15 años con lo que es importante revisarlo para asegurarse de que no está caducada o bien a punto de caducar. En caso de que esta caducada, será necesario contratar un Arquitecto Técnico para la elaboración de un nuevo certificado. El plazo para realizar todo el trámite es de 30 días una vez el técnico haya presentado el estudio en el Ayuntamiento con lo que es imprescindible que lo tengas antes de poner tu piso a la venta. No te gustaría encontrarte en la tesitura de tener que decirle al comprador que se tiene que esperar al menos 1 mes más porque un documento tan importante no esté en orden.  

  4. Certificado de Eficiencia Energética (CEE)

    Es un documento oficial que recoge las características energéticas de la vivienda. A partir del año 2013 es obligarlo por ley tenerlo antes de iniciar la venta del inmueble. Aún hoy en día hay propietarios e incluso inmobiliarias que publicitan inmuebles sin este documento y las autoridades están empezando a multar con hasta 6.000€ tanto a los propietarios como a las inmobiliarias. Con lo que si un agente inmobiliario no te lo exige, ¡Ojo!

  5. Recibo del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

    Presentar el último recibo pagado del IBI es obligatorio y también será entregar un documento que acredite que no hay ningún pago pendiente de años anteriores, ya que la vivienda se entregará libre de cargas.

  6. Certificado de Inspección Técnica del Edificio

    Este certificado es obligatorio para cualquier edificio que tenga más de 45 años de antigüedad. Es un informe oficial elaborado por un arquitecto que demuestra que la finca donde se halla el piso está en buen estado. Lo puedes conseguir solicitándolo al Presidente de la Comunidad o bien al Administrador de Fincas. Es muy importante asegurarte de que se tiene este documento porque en caso de que haya que encargarlo puede demorarse más de 30 días eso considerando que está todo en orden y no hubiera deficiencias importantes que tengan que solucionarse.

  7. Certificado de estar al corriente con los gastos de comunidad:

    Este documento lo entrega el Administrador de Fincas o el Presidente de la Comunidad y debe estar firmado por ambos. El certificado demuestra que no existen pagos pendientes de las cuotas comunitarias.

  8. Nota simple

    La Nota Simple se obtiene online del Registro de la Propiedad y es un documento que detalla los datos básicos del inmueble como la descripción, titulares o si hay una hipoteca o no. Hay muchas empresas en internet que ofrecen su tramitación cobrando hasta 30€ o más, pero ten en cuenta que haciéndolo a través del Colegio de Registradores te saldrá por solo 9€.

  9. Certificado de deuda pendiente

    En caso de que tu piso tenga una hipoteca vigente necesitarás solicitar al banco que te emita este certificado, pero debido a las comisiones diarias que afectan el importe restante, este documento se solicita 10-15 días antes de la fecha de escritura ante notario. Tu gestor te lo podrá gestionar o incluso dependiendo de tu banco lo puedes descargar online. La gestoría del comprador coordinará con tu banco la cancelación de la hipoteca y se encargarán de la cancelación registral de la misma. El día de la firma habrá que acreditar y firmar el documento de provisión de fondos para poder cubrir el importe de la cancelación registral de la hipoteca. La gestoría del comprador te facilitar estos documentos.

  10. Últimas facturas de los suministros

    El día de la firma también será necesario entregar una factura de cada suministro al comprador para que pueda realizar el cambio de titular, con lo que recuerda llevarlas contigo al notario.

En caso de que la vivienda que se quiera vender esté sujeta a una herencia o a un divorcio, también será necesario tener la siguiente documentación adicional:

11.Escritura de aceptación de la herencia.

Es el documento que acredita que la herencia se ha tramitado y aceptado ante notario. También será necesario entregar los modelos de impuestos (600, 650,651) que acrediten que se han abonado los tributos correspondientes

12. Sentencia de divorcio

En el caso de un divorcio habría que presentar la sentencia de divorcio y/o la documentación que acredite el reparto de los bienes. También es posible que sea necesaria una autorización del juez para poder vender el piso a un tercero.

En cualquier caso, nuestra recomendación es que siempre se consulte con un profesional, bien abogado, notario o agente de la propiedad inmobiliaria colegiado para que te confirmen que documentos podrías necesitar según tú caso en concreto, sobre todo si estás vendiendo la casa de particular a particular.

Adicionalmente el día de la firma el notario también nos pedirá presentar la siguiente documentación:

13. Contrato de arras firmado

El contrato de arras es un documento que sirve de acuerdo privado entre tú y el comprador en el cual las partes se comprometen a efectuar la compraventa futura del inmueble. En este acto el comprador entrega una cantidad de dinero en concepto de depósito que suele ser el 10% del precio total de venta pactado.

14 .Comprobantes de todas las transferencias realizadas antes de la firma y todos los números de cuenta

Serán los comprobantes bancarios o bien fotocopias de los cheques entregados previamente, bien en concepto de reserva o de entrega de arras.

Bien, esta sería toda la documentación que necesitas para vender un piso en Barcelona. Llegados a este punto y tras la firma ante notario, tendrás que asegurarte de que cumplas con el pago de los impuestos derivados de la venta de tu piso. En este caso son la plusvalía municipal para la cual tendrás un plazo de 30 días naturales para efectuar el pago y el IRPF por la ganancia patrimonial obtenida. Se tendrá que presentar igual aunque no haya habido ganancias patrimoniales. Te recomendamos que consultes bien con un asesor fiscal o gestor para que te pueda asesorar con ello.

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