Plusvalía Municipal en Barcelona ¿cuánto tengo que pagar?

Por favor lee el artículo actualizado aquÍ. Así es la Nueva Plusvalía Municipal en Barcelona:

Te dejamos el artículo actualizado con la nueva forma de calcular la base imponible de la plusvalía municipal en Barcelona en nuestra nueva entrada del blog:. Así es la Nueva Plusvalía Municipal en Barcelona:

Actualización 9 de noviembre 2021.

El pasado lunes día 8 de noviembre el Gobierno aprobó un nuevo real decreto ley que regula la manera de calcular la plusvalía municipal.

Será de aplicación inmediata y no tendrá carácter retroactivo por lo que las operaciones que se realizaron entre el 26 de octubre y el 10 de noiembre no tendrán que pagar nada de plusvalía.

Puedes leer la sentencia completa aquí: https://www.tribunalconstitucional.es/NotasDePrensaDocumentos/NP_2021_102/2020-4433STC.pdf

El real decreto establece dos fórmulas para el cálculo del la plusvalía:

1. La fórmula objetiva: Se consigue multiplicando el valor catastral del inmueble con los nuevos coeficintes. Dichos coeficientes serán actualziados cada año.

2. La fórumula real: La diferencia entre el precio de venta y el precio de compra. Si puedes demostrar que el resultado de esta fórmula es inferior al de la fórmula objetiva, podrás aplicar la real. Lo que significa que podrás escoger según el resultado que te interese.

Actualización 27 de Octubre 2021

https://youtu.be/ALmtx1u4rRc

EL 26 de Octubre del 2021 El Tribunal Constitucional (TC) declara inconstitucional el cálculo de la Plsuvalía Municipal

La medida del TC declara inconstitucional el sistema de cálculo que se usa para el impuesto, no al impuesot en sí. Con lo que es bastante probable que vayan a reformular el método de cálculo.

¿Qué significa esto? Que no se deberá pagar nada en concepto de plusvalía en el ayuntamiento, por lo menos hasta que no encuentren otra manera de calcular el importe de este impuesto.

Esta medida no tiene carácter retroacivo. Puedes leer la sentencia aquÍ: https://mcusercontent.com/5be36dcfaa4de294ce291a501/files/a98050bc-0f07-1342-5b68-45d5be86703d/sentencia_tc_plusvalia.pd

La venta de una vivienda implica una serie de gastos y tributos que debemos de abonar y, la plusvalía municipal es sin duda, junto con el IRPF, de los más importantes. En este artículo te cuento todo lo que necesitas saber sobre ello: qué es, cuánto se tiene que pagar y en qué plazos.

Si quieres conocer todos los gastos que implica la venta de una vivienda en Barcelona, lee este artículo: Cuáles son los gastos de venta de una vivienda en Barcelona 

¿Qué es la Plusvalía Municipal? 

Cuando nos referimos a la Plusvalía Municipal hablamos del “Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana” ( IIVTNU). Es un impuesto municipal que grava el incremento del valor de los terrenos urbanos, con o sin edificaciones.

¿En qué supuestos me toca pagar la Plusvalía Municipal? 

Te tocará pagar la Plusvalía Municipal cuando vayas a vender una vivienda, cuando heredas un inmueble o bien al recibir una propiedad en donación. Al ser un impuesto municipal, cada ayuntamiento decide y estipula sus propios porcentajes para calcular el importe del tributo. 

Plusvalía Municipal en Barcelona. ¿Cómo se calcula? 

Como te decía, el Ayuntamiento de Barcelona, como cualquier ayuntamiento, fija libremente los criterios y porcentajes a abonar.

Para calcular el importe tenemos que tener en cuenta: 

  • el valor catastral de la vivienda, – lo puedes conseguir en el último recibo del IBI o bien en la web del catastro
  • el tiempo que hemos sido propietarios y
  • el coeficiente correspondiente. 

Según la información que nos proporciona la página web del Ayuntamiento de Barcelona, en la siguiente tabla podemos hacernos una idea de los porcentajes: 

Tiempo siendo propietari@sPorcentaje anual a aplicar 
Hasta 5 años3,7%
Hasta 10 años3,5%
Hasta 15 años3,1%
Hasta 20 años o más2,8%

Si has sido propietari@ de la vivienda durante más de 20 años el coeficiente que aplica seguirá siendo el 2.8%. 

En caso de que hagas una operación de Fix & Flip, es decir, compres para reformar y vender rápidamente en menos de 1 año, se aplica un porcentaje mensual, que va desde el 0.33% para un mes de propiedad, 2% para 6 meses y hasta el 4% para un periodo de 12 meses.

Plusvalía Municipal en Barcelona. ¿Cuánto tengo que pagar? 

Bien, pongamos un ejemplo para que veas cómo quedaría todo. 

¿Qué datos necesito para calcular el importe que me toca pagar de Plusvalía Municipal en Barcelona? 

  • Tiempo que hemos sido propietari@s: 20 años 
  • Valor catastral del piso: 125.000€ 
  • Coeficiente que aplica para 20 años: 2.8% 

Una vez tengamos estos datos podemos calcular la base imponible del impuesto, que en nuestro caso sería: 

20 años x 2.8% x 125.000€ = 70.000

A este resultado le tendremos que aplicar el porcentaje de tributo que establece el ayuntamiento de Barcelona que es del 30%. 

Con lo que tenemos el importe de la Plusvalía Municipal a pagar es

70.000x 30% = 21.000€ 

Plusvalía Municipal en Barcelona. ¿Quién la paga? 

Si vas a vender tu casa, el responsable de pagar este impuesto es siempre el vendedor de la misma. 

En caso de que el vendedor no sea residente fiscal en España, el pago de este tributo lo puede asumir el comprador. Esto en la práctica se traduce en que el comprador le pedirá al vendedor que deje depositado en concepto de retención ante notario el importe que le tocaría pagar al vendedor. 

Si hablamos de una herencia, la plusvalía municipal la deben abonar los herederos.
Aquí hay que hacer un apunte importante.: si vas a vender una vivienda heredada y ha pasado más de 1 año desde la aceptación de la herencia, tendrás que pagar nuevamente la plusvalía municipal por el incremento de valor que hubiera tenido la propiedad desde que se heredó hasta su posterior venta. 

Por último en el caso de una donación, el responsable de pagar la plusvalía municipal es la persona que recibe la vivienda en donación. 

Plusvalía Municipal en Barcelona. ¿Cuándo se paga? 

El plazo para pagarla es de 30 días hábiles a partir de la fecha de la escritura pública. 

En caso de una herencia, el plazo para pagar es de 6 meses desde el fallecimiento. También es importante tener en cuenta que si tu situación te impide hacer frente al pago, podrás solicitar un fraccionamiento. Eso si te aplicarán el interés legal, que en 2021 es del 3.75%. 

Plusvalía Municipal en Barcelona. ¿Qué pasa si vendo con pérdidas? 

Hay ocasiones en las que las viviendas pierden valor y por tanto puedes vender por un precio inferior al que compraste. Si ese es tu caso, el Ayuntamiento te exigirá igualmente el pago de la plusvalía municipal. Tendrás que pagarla pero puedes hacer una reclamación y pedir la devolución. 

En el 2018 el Tribunal Supremo dictaminó que la plusvalía municipal sólo debe pagarse cuando se haya generado una ganancia, con lo que podrás pedir la devolución si demuestras que has incurrido en una pérdida real con la venta de tu vivienda. 

Tendrás que reclamarlo en el Ayuntamiento y si te rechazase la solicitud, podrás elevar la queja ante el Tribunal Económico-Administrativo. Si este recurso fallase también, el último paso sería llevarlo ante el Tribunal Superior de Justicia. 

Bien, hasta aquí el artículo de hoy. Espero que te haya servido para comprender qué es la plusvalía municipal en Barcelona y cómo calcularlo. Si tienes cualquier duda, déjame un comentario aquí abajo y te daré mi opinión. También me puedes contactar al 622 15 33 28 o enviar un email a info@1stfloor.es

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2 comentarios en «Plusvalía Municipal en Barcelona ¿cuánto tengo que pagar?»

  1. Hola!
    Querría saber qué plusvalía tendría que pagar, si vendo un piso en Terrassa (08224) por 160.000 euros y yo lo compré en el 2005 por 175.000 euros + parking por 13.000 euros, total 188.000 euros??
    En los 160.000 euros estaría incluido el parking.
    Y si tengo que pagar alguna cosa más a Hacienda, etc. o a quien sea.
    Muchísimas gracias, un saludo, Sandra.

    Responder
    • Hola Sandra,

      Muchas gracias por tu mensaje.

      Para poder calcularlo necesitaríamos saber el valor catastral de tu piso, normalmente viene en los recibos del IBI. Si lo encuentras avísame y lo miramos.

      Un saludo,
      Dragos

      Responder

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